Artículo 9.- De la conformación. - En cada institución educativa funcionará el comité central de madres y padres de familia y/o representantes legales, constituido por un presidente, un secretario, un tesorero y cuatro vocales; los cuales serán seleccionados de entre los presidentes de los comités de paralelo. Cada vocal del comité central tendrá a cargo fomentar un ámbito de competencia, siendo estos: convivencia armónica, alimentación saludable, seguridad y participación. La convocatoria para la formación del comité central será realizada máximo dentro del primer mes de iniciado el año lectivo. La elección se realizará con base en la aplicación del sistema de votación individual de los presidentes de los comités de paralelo que asistan a la reunión, excluyendo la aplicación de sorteos y asignaciones por afinidad. No podrán ser candidatizados los representantes ausentes y se deberá garantizar que exista representatividad de género.
El Comité de Padres de Familia tiene como objetivo principal colaborar a través de diferentes actividades para fortalecer el vínculo de Padres de Familia, personal docente, administrativos, personal de apoyo y estudiantes. Todas estas actividades deben ir enmarcada con la Misión y Visión del Colegio San José.
Por unanimidad se designan las siguientes dignidades: